Breve Jubilari feliciter (1980)

BREVE „JUBILARI FELICITER“

A nuestro venerable hermano Joseph Hoeffner,
Cardenal de la Santa Iglesia Romana, Arzobispo de Colonia


A nuestro venerable hermano Joseph Hoeffner,
Cardenal de la Santa Iglesia Romana, Arzobispo de Colonia

A medida que el año jubilar de la venerable catedral de Colonia continúa su feliz progreso, la Arquidiócesis dará una calurosa bienvenida a los participantes del Séptimo Congreso Internacional de Música Sagrada, un evento que seguramente agregará nuevos avances y riquezas al tesoro musical de la Iglesia. 

El trabajo que los moderadores de la Consociatio Internationalis Musicae Sacrae han realizado en los últimos años en favor de la música sagrada encontrará ciertamente una confirmación explícita en este Congreso. Por lo tanto, deseamos que nuestro mensaje sea no sólo un testimonio de nuestra gratitud por los importantes esfuerzos ya realizados en este campo, sino también una incitación a continuar estos esfuerzos en el futuro.

En la Constitución “Sacrosanctum Concilium” el Concilio Vaticano II ha enfatizado con vehemencia la tarea “ministerial” atribuida a la música sacra (cf. Sacrosanctum Concilium, art. 112). Al fin y al cabo, las palabras, tan importantes en una celebración litúrgica, lo son aún más cuando se cantan, adquiriendo así un grado especial de solemnidad, belleza y dignidad que permite a la congregación participante sentirse más cerca a la santidad del misterio litúrgico.

Precisamente por eso, el Concilio juzgó muy apropiado recordar a todos que en las diversas familias litúrgicas de Oriente y Occidente se encuentra un patrimonio musical de riqueza instimable y que este tesoro, adquirido a lo largo de muchos siglos y reflejando el arte y la cultura humana de los diversos pueblos, todavía se utiliza hoy. Al mismo tiempo, el Concilio insta a todos a esforzarse con vigor para preservar estas riquezas para la Iglesia, un deber que incumbe explícitamente a los custodios de estos tesoros y a los músicos de la iglesia profesionales (ibid., Pág. art. 114).

Sin embargo, es digno de especial mención el “cantus gregorianus”, que, por su rol importante, es reconocido tanto en el uso cotidiano de la Iglesia y en el magisterio de la iglesia como el canto propio de la liturgia romana, íntimamente ligado a la lengua latina ( ibíd., art. 116/7). Del mismo modo, se reconoce que la música polifónica es instrumento apreciado, de expresión sagrada y litúrgica.

El entusiasmo por esta tarea ocasiona la convocatoria y realización de Congresos de Música Sacra en determinados intervalos; éstos pueden contribuir de una forma muy eficaz a revelar el sentido profundo de la tradición musical antes mencionada, así como a definir con mayor claridad sus partes individuales, para que se mantenga viva, digna y con exactitud en la liturgia de la Iglesia.

Pero el Concilio no se contenta con recomendar los valores de la tradición musical centenaria que aún hoy sigue vigente. Es consciente de la necesidad que ha sentido siempre la Iglesia profundamente, es decir, descubrir y, por así decirlo, incorporar en sí misma elementos propios la cultura humana y el arte de las naciones que creen en Jesucristo. De ahí que el Concilio advierte que para ellos, en particular, “el tesoro de la música sacra debe ser preservado y cultivado con gran cuidado” (ibid., Art. 119 oder 114?).

Aquí se abre a los participantes del Congreso un campo muy amplio para la investigación y estudio. Por supuesto, la necesidad primordial hoy es desarrollar e incrementar el patrimonio musical de la Iglesia, no solo en las nuevas y jóvenes iglesias, sino también entre aquellas que conocen el canto gregoriano y la música polifónica en lengua latina desde hace muchos siglos, pero que ahora, después la introducción de la lengua vernácula en la liturgia, se ven de elborar formas adicionales apropiadas.

Pero siempre que deban juzgarse estas nuevas composiciones, también deben tenerse en cuenta, en una evaluación objetiva, los elementos que son propios de las tradiciones existentes así como la identidad misma de las distintas naciones. Sobre este punto el Concilio dió a conocer que: “En algunos países, especialmente en regiones de misión, hay pueblos con su propia tradición musical, y esto juega un gran papel en su vida religiosa y social. Por lo tanto, su música debe ser considerada con la debida estima y debe asignársele un lugar adecuado, no sólo para formar su sentido religioso, sino también para adaptar de la liturgia a su genio originario ”(ibid., Art. 119).

Porque, al fin y al cabo, toda cultura humana ha sabido encontrar formas de expresión muy nobles, incluso en la música, y de ahí que el objetivo de todos nuestros esfuerzos, no sólo en el ámbito de las disciplinas académicas sino también en la actividad pastoral, debe ser el establecimiento de principios firmes, que además correspondan a los verdaderos valores de las diversas tradiciones musicales.

Si tal estudio se va a realizar de una manera científica, entonces también será apropiado incluir la investigación comparativa de formas de expresión, tanto antiguas como nuevas. Sin embargo, en la medida en que la nueva música sagrada esté al servicio de la celebración litúrgica de las diversas iglesias, puede y debe tomar de las formas anteriores, y especialmente del canto gregoriano, una inspiración superior, una cualidad sagrada única, un sentido genuino de lo que es religioso. Se ha dicho con bastante razón que el canto gregoriano se puede comparar con otras formas de canto como comparar una estatua con una imagen.

En conclusión, expresamos el deseo de que las deliberaciones del Séptimo Congreso Internacional de Música Sacra, cuya atención se centra en África Central y Oriental, sean una fuente de inspiración e impulso hacia una actividad musical fructífera e para las diversas comunidades eclesiásticas, no sólo en las naciones con una antigua tradición cristiana, sino también en aquellas en las que se ha predicado más recientemente el Evangelio. Con el mayor gusto le enviamos a usted, Venerable Hermano, así como a los líderes y participantes en el Congreso, la Bendición Apostólica especial, como signo de Nuestro afecto inmutable y como prenda de dones celestiales.

Vaticano, 25 de mayo de 1980, fiesta de Pentecostés, segundo de Nuestro pontificado.

Juan Pablo II

(Traducción: Rafael Montero)